TERMINOS Y CONDICIONES
El objetivo de este apartado regula las condiciones de los servicios proporcionados
por FS Joy Management. Al aceptar un contrato en nuestra sucursal, sea de
contratación de servicios de representación artística, modelaje, book fotográfico,
producción de moda o cualquier otro afín, se acepta de manera automática los
términos y condiciones proporcionados en este documento.
Organización y responsabilidades: FS Joy Management, declara que actúa como intermediario entre “CLIENTE” y “TALENTO”. En este sentido la agencia de modelos se compromete a cumplir con los servicios de intermediación mencionados, con las salvedades especificadas en estas Condiciones Generales y no se responsabiliza por el incumplimiento de dichas entidades en la ejecución de sus obligaciones, ni por imprevistos ocasionados por causas fuera del alcance de la agencia de modelos.
Calidad de los servicios: FS Joy Management, se obliga a prestar los servicios por el cual se le contrata, con el mayor empeño y cuidado posible, atendiendo en todo momento a las prácticas profesionales del ramo y con estricto apego a la ética y a las metas que se exigen, observando en todo momento las leyes y reglamentos que regulan dicho ejercicio. Los servicios de referencia serán prestados en forma directa por “FS Joy Management”.
Naturaleza del contrato: Ambas partes convienen en que el contrato es de naturaleza estrictamente mercantil, por lo que no existe relación laboral alguna entre ellas, ni entre “EL CLIENTE” y el personal que, en su caso, “LA AGENCIA” asigne para que lleve a cabo la prestación de los servicios contratados. FS Joy Management no será responsable frente a “EL CLIENTE” de daños y perjuicios, incumplimientos, obligaciones o pasivos que pudieran originarse por caso fortuito o causas de fuerza mayor que estuvieran fuera de su control, tales como huelgas, procedimientos administrativos, paros, concursos mercantiles, guerras, sabotajes, “hacking”, “cracking”, “phishing”, “mining”, fallas tecnológicas, disposiciones oficiales, alteraciones públicas, movimientos telúricos, inundaciones, huracanes y manifestaciones de la naturaleza o del clima (tales como nieve, lluvia, granizo, viento, rayos, etc.).
Duración y vigencia: El contrato tiene duración indicada en el contrato firmado, en el entendido de que cualquiera de las partes podrá darlo por terminado anticipadamente, mediante aviso escrito que dé a la otra, con por lo menos treinta (30) días de anticipación. De igual forma las partes podrán de manera expresa o tácita prorrogar de común acuerdo el plazo de duración antes señalado.
Book fotográfico: El modelo declara tener conocimiento de que el book fotográfico es parte esencial de su material de trabajo, por lo que tendrá dos opciones para poder contar con él, siendo el primero realizar fotografías con cualquier otro fotógrafo y a su vez mandarlas a corporativo para analizarlas y en caso de que resulten aceptadas, ceder los derechos de las fotos mediante un escrito dirigido a “LA AGENCIA”. La segunda opción, será realizar las fotografías directo con FS Joy Management, asumiendo el talento todos los gastos que esto conlleve.
Cancelaciones: “EL TALENTO” y/o “EL CLIENTE” entiende que en caso de adquirir un servicio, book fotográfico con nosotros y se haya realizado algún anticipo, no existirá opción de reembolso alguno por concepto de inversión, ya que el costo del book se distribuye en la contratación de maquillista, fotógrafo, locación, entre otros. De existir caso fortuito o fuerza mayor, y que no se haya realizado aún la sesión fotográfica, se cobrará una penalización del 50% del monto total firmado en el contrato. Asimismo, si existiese un pago de anticipo menor al 50% del monto presupuestado, de ninguna forma se podrá realizar devolución.
Fotografías: Todo proyecto que incluya sesión fotográfica a favor de “EL CLIENTE”, deberá permitir la supervisión y apoyo necesario de “LA AGENCIA”, para fines de optimización de su trabajo, cabe resaltar los casos de realización de book, renovaciones, entre otros.
Modificación del servicio: Cualquier modificación, adición o supresión en las características de los servicios se efectuará solamente por escrito y con la aprobación de “EL CLIENTE” o “EL TALENTO”, y se entiende que, si dichas modificaciones llegasen a afectar los tiempos y formas, los costos podrían incrementar según la naturaleza de los mismos, o tener alguna penalización anteriormente mencionado.
Causa especial de terminación: En caso de “EL TALENTO”, cuando surja alguna imposibilidad para el cumplimiento del objeto materia de contrato, en cualquier momento o etapa del mismo, se dará por terminado sin ninguna responsabilidad para las partes, quedando bajo la más estricta responsabilidad de "LA AGENCIA" dar aviso de inmediato y por escrito, a “EL CLIENTE”.
En el caso de “LA AGENCIA”, cuando la imposibilidad para el cumplimiento del mismo provenga por su parte, en cuyo caso, de acuerdo a la causa que lo motive, deberá proteger los intereses de “EL CLIENTE” e informarle a la brevedad, ya que en caso contrario será responsable de los daños y perjuicios que pudieran resultar en su contra derivados por su impericia, negligencia, o imprudencia, debiendo en todo caso entregar a ésta última, la documentación e información detallada y pormenorizada que corresponda, a satisfacción de la misma, ya que en caso contrario se aplicará además, la pena convencional convenida por las partes.
Cesión: Los derechos y obligaciones que las partes adquieren mediante el instrumento de contratación, no podrán ser cedidos a terceras personas, ni parcial, ni totalmente, salvo con el consentimiento previo y por escrito de la contraparte.
Ausencia de vicios: Ambas partes reconocen que en la celebración del contrato que formaliza el acuerdo de voluntades al que han llegado, no existe error, dolo, mala fe, lesión, ni ningún otro vicio del consentimiento que pudiese dar lugar a su nulidad.
Jurisdicción: “EL CLIENTE” y “LA AGENCIA” manifiestan su conformidad en el sentido de que, para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, serán aplicables las leyes en vigor en el Distrito Federal y; para el caso de controversia, convienen en someter la misma a los tribunales competentes en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que en razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa pudiere corresponderles.
Organización y responsabilidades: FS Joy Management, declara que actúa como intermediario entre “CLIENTE” y “TALENTO”. En este sentido la agencia de modelos se compromete a cumplir con los servicios de intermediación mencionados, con las salvedades especificadas en estas Condiciones Generales y no se responsabiliza por el incumplimiento de dichas entidades en la ejecución de sus obligaciones, ni por imprevistos ocasionados por causas fuera del alcance de la agencia de modelos.
Calidad de los servicios: FS Joy Management, se obliga a prestar los servicios por el cual se le contrata, con el mayor empeño y cuidado posible, atendiendo en todo momento a las prácticas profesionales del ramo y con estricto apego a la ética y a las metas que se exigen, observando en todo momento las leyes y reglamentos que regulan dicho ejercicio. Los servicios de referencia serán prestados en forma directa por “FS Joy Management”.
Naturaleza del contrato: Ambas partes convienen en que el contrato es de naturaleza estrictamente mercantil, por lo que no existe relación laboral alguna entre ellas, ni entre “EL CLIENTE” y el personal que, en su caso, “LA AGENCIA” asigne para que lleve a cabo la prestación de los servicios contratados. FS Joy Management no será responsable frente a “EL CLIENTE” de daños y perjuicios, incumplimientos, obligaciones o pasivos que pudieran originarse por caso fortuito o causas de fuerza mayor que estuvieran fuera de su control, tales como huelgas, procedimientos administrativos, paros, concursos mercantiles, guerras, sabotajes, “hacking”, “cracking”, “phishing”, “mining”, fallas tecnológicas, disposiciones oficiales, alteraciones públicas, movimientos telúricos, inundaciones, huracanes y manifestaciones de la naturaleza o del clima (tales como nieve, lluvia, granizo, viento, rayos, etc.).
Duración y vigencia: El contrato tiene duración indicada en el contrato firmado, en el entendido de que cualquiera de las partes podrá darlo por terminado anticipadamente, mediante aviso escrito que dé a la otra, con por lo menos treinta (30) días de anticipación. De igual forma las partes podrán de manera expresa o tácita prorrogar de común acuerdo el plazo de duración antes señalado.
Book fotográfico: El modelo declara tener conocimiento de que el book fotográfico es parte esencial de su material de trabajo, por lo que tendrá dos opciones para poder contar con él, siendo el primero realizar fotografías con cualquier otro fotógrafo y a su vez mandarlas a corporativo para analizarlas y en caso de que resulten aceptadas, ceder los derechos de las fotos mediante un escrito dirigido a “LA AGENCIA”. La segunda opción, será realizar las fotografías directo con FS Joy Management, asumiendo el talento todos los gastos que esto conlleve.
Cancelaciones: “EL TALENTO” y/o “EL CLIENTE” entiende que en caso de adquirir un servicio, book fotográfico con nosotros y se haya realizado algún anticipo, no existirá opción de reembolso alguno por concepto de inversión, ya que el costo del book se distribuye en la contratación de maquillista, fotógrafo, locación, entre otros. De existir caso fortuito o fuerza mayor, y que no se haya realizado aún la sesión fotográfica, se cobrará una penalización del 50% del monto total firmado en el contrato. Asimismo, si existiese un pago de anticipo menor al 50% del monto presupuestado, de ninguna forma se podrá realizar devolución.
Fotografías: Todo proyecto que incluya sesión fotográfica a favor de “EL CLIENTE”, deberá permitir la supervisión y apoyo necesario de “LA AGENCIA”, para fines de optimización de su trabajo, cabe resaltar los casos de realización de book, renovaciones, entre otros.
Modificación del servicio: Cualquier modificación, adición o supresión en las características de los servicios se efectuará solamente por escrito y con la aprobación de “EL CLIENTE” o “EL TALENTO”, y se entiende que, si dichas modificaciones llegasen a afectar los tiempos y formas, los costos podrían incrementar según la naturaleza de los mismos, o tener alguna penalización anteriormente mencionado.
Causa especial de terminación: En caso de “EL TALENTO”, cuando surja alguna imposibilidad para el cumplimiento del objeto materia de contrato, en cualquier momento o etapa del mismo, se dará por terminado sin ninguna responsabilidad para las partes, quedando bajo la más estricta responsabilidad de "LA AGENCIA" dar aviso de inmediato y por escrito, a “EL CLIENTE”.
En el caso de “LA AGENCIA”, cuando la imposibilidad para el cumplimiento del mismo provenga por su parte, en cuyo caso, de acuerdo a la causa que lo motive, deberá proteger los intereses de “EL CLIENTE” e informarle a la brevedad, ya que en caso contrario será responsable de los daños y perjuicios que pudieran resultar en su contra derivados por su impericia, negligencia, o imprudencia, debiendo en todo caso entregar a ésta última, la documentación e información detallada y pormenorizada que corresponda, a satisfacción de la misma, ya que en caso contrario se aplicará además, la pena convencional convenida por las partes.
Cesión: Los derechos y obligaciones que las partes adquieren mediante el instrumento de contratación, no podrán ser cedidos a terceras personas, ni parcial, ni totalmente, salvo con el consentimiento previo y por escrito de la contraparte.
Ausencia de vicios: Ambas partes reconocen que en la celebración del contrato que formaliza el acuerdo de voluntades al que han llegado, no existe error, dolo, mala fe, lesión, ni ningún otro vicio del consentimiento que pudiese dar lugar a su nulidad.
Jurisdicción: “EL CLIENTE” y “LA AGENCIA” manifiestan su conformidad en el sentido de que, para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente contrato, serán aplicables las leyes en vigor en el Distrito Federal y; para el caso de controversia, convienen en someter la misma a los tribunales competentes en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que en razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa pudiere corresponderles.